martes, 11 de febrero de 2020

Decreto de urgencia hace cambios en situación de las Sociedades de…

Estos son los cambios que señala el último Decreto de Urgencia de gobierno de Vizcarra en cuanto a la confirmación de directorio que es lo que atañe a la Beneficencia de Lima y por ende a la Plaza de Acho. Incluye en el mismo a representantes del Ministerio de la Mujer y la deja en manos de la Municipalidad de Lima que a los efectos hace las veces de 'gobierno regional' metropolitano. 


En este caso

Artículo 1.- Objeto
El presente Decreto de Urgencia tiene por objeto mejorar la gestión de las Sociedades de Beneficencia y la atención de las poblaciones vulnerables, a través de ajustes a la conformación de su Directorio, la precisión del régimen disciplinario del Gerente General, la inclusión de la facultad del Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables para la fiscalización y sanción de los operadores de Juegos de Loterías y similares que incumplan con lo dispuesto en el Decreto Legislativo Nº 1411, Decreto Legislativo que regula la naturaleza jurídica, funciones, estructura orgánica y otras actividades de las Sociedades de Beneficencia y normas conexas.

Artículo 2.- Modificación del artículo 8 del Decreto Legislativo N° 1411
Modifícanse los numerales 8.2 y 8.6 del artículo 8 del Decreto Legislativo
N° 1411, Decreto Legislativo que regula la naturaleza jurídica, funciones, estructura orgánica y otras actividades de las Sociedades de Beneficencia, en los términos siguientes:

Artículo 8.- Conformación del Directorio
(…)
8.2 La composición del Directorio es la siguiente:
a) Dos (2) personas designadas por el Gobierno Local Provincial, donde se encuentra ubicada la Sociedad de Beneficencia, una de las cuales es designada como Presidente/a del Directorio.
b) Dos (2) personas designadas por el Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables, una de las cuales sustituye a el/la Presidente/a en caso de ausencia.
c) Una (1) persona designada por el Gobierno Regional donde se encuentra ubicada la Sociedad de Beneficencia.
(…)
8.6 Los/Las miembros del Directorio perciben el pago de dietas por sesión. Dichos pagos se efectúan con los recursos de las Sociedades de Beneficencia. El monto y número de dietas es aprobado mediante Resolución Ministerial del Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables."


El Peruano - Decreto de Urgencia que modifica el Decreto Legislativo N° 1411, Decreto Legislativo que regula la naturaleza jurídica, funciones, estructura orgánica y otras actividades de las Sociedades de Beneficencia y atención de las poblaciones vulnerables - DECRETO DE URGENCIA - N° 009-2020 - PODER EJECUTIVO - DECRETOS DE URGENCIA