Fue el Instituto de Recreación y Deporte y la alcaldía de Bogotá los que interpusieron ese recurso por el que la Corte Constitucional ha fallado ayer asegurando que «no procede», instando a que comiencen los procesos de solicitudes necesarios para devolver de la manera más rápida posible los toros a este coso bastión del país taurino de Colombia.
Por lo tanto, la Corte ha vuelto a reiterar que el espectáculo taurino debe mantenerse en su integridad como lo establece la ley 916 de 2004. Por lo que deja en claro que los concejos municipales no tienen competencia para modificar y eliminar tercios o componentes de la fiesta.
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